13/05/2026
🦉OMISIÓN DE CUIDADOS💔LA LEY📚 FRENTE AL DESAMPARO INFANTIL👧🏼👦🏻MÁS ALLÁ DE LA PATRIA POTESTAD.
➡️La jurisprudencia sobre omisión de cuidado en México establece que no es necesario demostrar que progenitores o tutores abandonen directamente al menor; basta con que existan elementos que evidencien indiferencia e incumplimiento de sus obligaciones de cuidado, alimentación e higiene, dejando al menor en situación de desamparo, para que se configure el delito de peligro cuando se ponen en riesgo los derechos de menores.
🟡“Abandono” también se configura cuando quien tenía la custodia del menor se desentiende de sus responsabilidades, incluso si otra persona fue quien finalmente dejó al menor en la vía pública.
Es decir, la omisión y el desinterés en garantizar los derechos y bienestar del menor pueden ser suficientes para acreditar el delito.
🔗🔗🔗https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2024938
En el amparo directo 107/2020 el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, emitió la siguiente Tesis: I.1o.P.13 P (11a.) con 💻Registro digital: 2024937, de la 🌀Undécima Época, en Materias(s): Penal,📕Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 15, Julio de 2022, Tomo V, página 4581
⚖️Tipo: Aislada
🔗🔗🔗https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2024937
OMISIÓN DE CUIDADO. PARA QUE SE ACTUALICE EL ELEMENTO NORMATIVO "OBLIGACIÓN DE CUIDARLA" DE ESTE DELITO COMETIDO CONTRA UNA PERSONA MENOR DE EDAD, ES INNECESARIO QUE EL SUJETO ACTIVO QUE EJERCE EFECTIVAMENTE SU GUARDA Y CUSTODIA TENGA LA PATRIA POTESTAD O TUTELA SOBRE LA VÍCTIMA (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).
🦉RESUMEN DEL CRITERIO
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito determinó que, en el delito de omisión de cuidado contra una persona menor de edad, no es necesario que quien tenía a su cargo al menor cuente legalmente con la patria potestad o la tutela para que exista responsabilidad penal.
📌 Caso concreto:
Una abuela y una tía fueron condenadas por omisión de cuidado y argumentaron que la obligación legal de cuidar a la menor correspondía únicamente a los padres, ya que nunca hubo un juicio familiar que les otorgara formalmente la guarda o tutela.
⚖️ ¿Qué resolvió el Tribunal?
Que la obligación de cuidado no depende exclusivamente de un reconocimiento jurídico formal, sino también de la situación real y efectiva.
Es decir, si una persona tiene bajo su cuidado y custodia a una niña, niño o adolescente, adquiere el deber de protegerlo y garantizar sus derechos, aunque no tenga patria potestad o tutela legalmente reconocida.
👧🏻👦🏻 El criterio se basa en el interés superior de la niñez y en las leyes de protección de niñas, niños y adolescentes, las cuales imponen obligaciones a cualquier persona que ejerza de hecho el cuidado del menor.
🚨 Además, el Tribunal señaló que permitir que alguien evada responsabilidad por no haber promovido un juicio de tutela o pérdida de patria potestad implicaría beneficiarse de su propio actuar doloso y dejar al menor en estado de desamparo.
📚 En conclusión:
Para que exista el delito de omisión de cuidado, basta demostrar que la persona ejercía efectivamente el cuidado del menor y omitió protegerlo, aunque no tuviera formalmente la patria potestad o tutela.
🦉La omisión de cuidados no siempre se refleja en un abandono visible; muchas veces se manifiesta en la indiferencia, el desinterés y la falta de acciones para proteger a quien más lo necesita.
📗La ley y los tribunales 🏛️han dejado claro que el deber de cuidado nace no solo de un vínculo jurídico, sino también de la responsabilidad real que se asume frente a una niña, niño o adolescente.
💟Porque cuidar no es únicamente estar presente, sino garantizar seguridad, alimentación, protección y dignidad. Y cuando ese deber se ignora🚫, el derecho interviene para recordar que el interés superior de la niñez siempre debe prevalecer. ⚖️👧🏻
❤️PROTEJAMOS A NUESTROS NIÑOS❤️
🔵Otros casos de omisión de cuidados y que también han sido severamente condenados.👇🏼
♦️Caso Kristel Candelario:
https://www.latimes.com/espanol/eeuu/articulo/2024-03-18/ohio-madre-que-dejo-sola-a-su-bebe-por-10-dias-para-ir-de-vacaciones-es-condenada-a-cadena-perpetua
♦️Caso Cristina Ann
https://vt.tiktok.com/ZS978Goot/