26/10/2026
⚖️ El acceso a un tratamiento oncológico no puede quedar condicionado por obstáculos administrativos.
En este caso, una paciente con linfoma no Hodgkin difuso de células B grandes, estadio III A y en recaída, necesitaba iniciar un nuevo esquema indicado por su médica hematóloga: Tafasitamab y Lenalidomida.
La cobertura fue rechazada bajo el argumento de que uno de los medicamentos no se encontraba incorporado al listado informático de la entidad. Ante la falta de una respuesta adecuada, se promovió una acción de amparo y se solicitó una medida cautelar urgente para garantizar el tratamiento prescripto.
La Justicia hizo lugar a la medida cautelar y ordenó:
✅ La cobertura total, completa y temporánea de Tafasitamab y Lenalidomida.
✅ Cumplir la cobertura en un plazo de tres días.
✅ Garantizar el tratamiento conforme a la prescripción médica, en forma continua y sin interrupciones.
La resolución reconoció la urgencia del cuadro clínico y la necesidad de proteger el derecho a la salud. También dispuso que el incumplimiento de la orden podría dar lugar a sanciones conminatorias.
Este caso reafirma un principio fundamental: las cuestiones administrativas no pueden analizarse al margen de las necesidades concretas del paciente y de la indicación de sus profesionales tratantes. Cuando una negativa de cobertura compromete el acceso a un tratamiento, la tutela judicial puede ser una herramienta decisiva para exigir una respuesta oportuna.
⚖️ En Jurídica Salud defendemos el derecho a la salud y acompañamos a pacientes y sus familias frente a obstáculos en el acceso a prestaciones y tratamientos médicos.
📲 Si tu cobertura médica demora, rechaza o no responde frente a un tratamiento indicado, podemos analizar tu caso.
Dr. Jerónimo Kalenberg
Jurídica Salud
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